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Este mes de mayo se han publicado en el BOE los tan esperados Convenios reguladores de los actores y de los figurantes para todos sus trabajos audiovisuales, regulando las diferencias entre unos y otros.

Todo el sector lo aplaudimos, ya que se trata de un gran avance en relación al reconocimiento de los derechos de los artistas.

¿Cuál ha sido la principal mejora?

Uno de los más importantes motivos de celebración ha sido que por fin se ha corregido la siguiente situación: hasta ahora, el trabajo en figuración no contaba con una regulación jurídica propia, produciéndose numerosos abusos.

El más típico consistía en que a los actores que interpretaban un par de frases no se les consideraban (ni cobraban) como actores de reparto, sino como “figuración especial o figuración con frase”. Por tanto, para esta categoría profesional inventada (aunque comúnmente aceptada) no había ninguna regulación salarial ni laboral, quedando a merced de lo que decidieran las productoras.

Gracias a las últimas normas reguladoras, tanto los que contratan como los contratados saben a que atenerse. Ha nacido un marco de referencia que distingue entre figurante y actor, y establece las condiciones de contratación para ambos.

Aparece una nueva categoría profesional: “actor de pequeñas partes”

Como hemos comentado, todos aquellos actores que interpretan un par de palabras o frases, antes se encontraban en un limbo legal (puesto que nadie les reconocía como actores de reparto). Afortunadamente, ahora se ha creado una nueva categoría profesional para todos ellos: la de actor de pequeñas partes.

Si quieres despejar todas tus dudas, lee detenidamente el siguiente cuadro que ha elaborado nuestro departamento jurídico:

  Figurante Actor de pequeñas partes
¿En qué consiste? El figurante recrea un ambiente o una escena, contribuyendo a que sea más auténtica. No cuenta con ningún peso o incidencia en la acción. El actor interpreta un personaje o rol, con su papel correspondiente.
¿Tienen texto?

 

No tienen ningún texto. Sólo pueden hacer ruidos, gritos, murmullos de muchedumbres o cantos y rezos en coro. Sí tienen texto: no debe superar las dos líneas de texto, y con un máximo éstas de 60 espacios mecanografiados, por obra completa. No llegan a las características del papel de reparto.
¿Generan derechos de Propiedad Intelectual? No. Si, y es importante saber cómo se cobran.
¿Cuáles son las tarifas mínimas establecidas para 2016? 41€ por día (sin contar horas extras, complementos por jornada especial o manutención). En cine, 159,77€, en televisión 153,04€, y en las obras de bajo presupuesto 138,08€ (todo ello por sesión y sin contar derechos de propiedad intelectual, dietas u otros conceptos).

En definitiva, a partir de ahora deberás estar pendiente de si tienes frase o no y, en función de ello, exigir que se te reconozca como figurante o como “actor de pequeñas partes”.

¡Ten cuidado a partir de ahora!

Estos días nos están llegando a Premiere Actors bastantes casos de irregularidades laborales en las contrataciones, puesto que muchas agencias o productoras no se han adaptado o desconocen la nueva normativa.

Hay un principio fundamental en derecho que es “Ignorantia juris non excusat”, es decir, que la ignorancia de la Ley no excusa de su cumplimiento. Por tanto, desde que ha entrado en vigor la nueva normativa, no se puede incumplir por desconocimiento o por no saber cómo aplicarla.

Si eres actor y necesitas chequear tus contratos o nóminas para comprobar si todo es correcto, o quieres gestionar tus derechos de propiedad intelectual de las antiguas figuraciones con frase que hiciste, contacta con nuestros abogados. Y si eres agencia, representante o productor y te urge adaptar tus contratos o determinar los nuevos salarios, también te ayudamos. En estos momentos de cambio, asegúrate de que tienes todo en orden. ¡Llámanos cuanto antes!

Premiere Actors

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