Sabemos que pasarías todas las horas del mundo trabajando como actor: todo el tiempo que actúas te sabe a poco y, como además te pagan por ello, no puedes sentirte más satisfecho. Sin embargo, no debes olvidar que se trata de un trabajo, con sus horarios y sus límites, regulado por unas normas que protegen tu actividad laboral frente a cualquier abuso. ¡Conoce tus derechos!
El tiempo de trabajo
Cuando te contraten para realizar una interpretación en una obra audiovisual, el productor podrá elegir cómo distribuir las 40 horas semanales máximas de trabajo, pudiendo optar por uno de los siguientes regímenes:
- Jornada continuada: ocho horas diarias, con una interrupción de quince minutos de descanso.
- Jornada partida: nueve horas diarias, incluyendo una interrupción de una hora de descanso.
El horario exacto no suele fijarse en el contrato, ya que no es habitual saberlo de antemano.
Normalmente te envían la orden de rodaje, con tus horarios de trabajo, poco tiempo antes de la propia grabación, por ejemplo, la semana anterior. Dicha orden de rodaje se elabora teniendo en cuenta tu disponibilidad, que comentaste antes de iniciar el proyecto. Es decir, no puedes ir avisando cada semana de tu disponibilidad para los próximos días, sino que la productora debe saber tus motivos de antemano cuando firmes el contrato de trabajo, y éstos deben ser justificados y aceptados. Por ejemplo, si los martes no puedes rodar porque tienes confirmadas actuaciones en un teatro.
Jornada irregular de trabajo
A menudo sucede que la jornada semanal de 40 horas no es suficiente para cumplir con el plan de rodaje. En estos casos se puede prolongar el horario, con 24 horas de preaviso, y respetando los siguientes límites:
- No se pueden sobrepasar las 10 horas diarias de trabajo.
- No es posible superar las 44 horas semanales de trabajo.
- Se debe respetar siempre el descanso entre jornadas.
- Esta situación irregular no puede ser superior al período continuado de 4 semanas.
Si, excepcionalmente, se superara esta jornada irregular, estaríamos hablando de horas extras, que deberían ser remuneradas a parte.
¿Qué se incluye en la jornada?
La jornada incluye todos los momentos de grabación, así como los espacios de descanso que te permita el productor, algunos ejercicios de calentamiento anteriores a tus interpretaciones y los ensayos, siempre que sean remunerados. En definitiva, todo el tiempo que estés a disposición de la productora.
Para que lo entiendas mejor, es raro que te citen para participar en todas y cada una de las secuencias que estén previstas en la jornada de rodaje, así no te quemas antes de tiempo y puedes mantener un buen nivel interpretativo. En los rodajes profesionales se suele intentar que los actores intercaléis horas de rodaje con horas de camerino para descansar o preparar las siguientes secuencias. Todo ello (rodaje, descansos, ensayos…) contaría como jornada laboral.
¿Qué se excluye en la jornada?
El tiempo que se necesita para caracterizarte, maquillarte, vestirte o peinarte no computa dentro de la jornada, hasta un máximo de una hora. Tampoco computa, en los rodajes en exteriores, el tiempo de desplazamiento entre donde vivas y el punto de trabajo, así como la vuelta a casa, hasta un máximo de hora y media entre que vas y vienes.
En definitiva, la jornada comienza cuando estás disponible para trabajar, y de este tema nos ocuparemos en el punto siguiente… ¡Sigue leyendo!
¿Cuándo empieza la jornada?
La jornada laboral comienza a la hora a la que te citen para que intervengas en el rodaje, independientemente de cuando empieces a actuar, y debes recibir esa citación al menos 12 horas antes de empezar tu jornada.
Como comentamos en un punto anterior, todos sabemos la cantidad de horas de espera que habitualmente tenemos los actores antes de ponernos delante de la cámara, pues bien, esas horas también se consideran de trabajo si son posteriores a la citación.
Por otro lado, dicha citación puede tener lugar en cualquier momento del día o de la noche, y cualquier día de la semana. Que no te extrañe si empiezas a trabajar un sábado a las 12 de la noche, aunque parezca raro, en ocasiones por necesidades de producción o de cumplir plazos no queda otra.
Al terminar, ¿cuánto tiempo tienes de descanso?
Cuando trabajes en cine, como mínimo tienes derecho a descansar 36 horas semanales. Sin embargo, en el resto de obras audiovisuales, por ejemplo, series televisión, este plazo se amplía a 48 horas semanales de descanso.
Es importante que también tengas en cuenta que tras una jornada de rodaje y el comienzo de la siguiente, siempre deberán respetar tus 13 horas de descanso.
¿Quién fija la jornada?
Únicamente el productor y, en su caso, el director realizador, son quienes establecen el inicio y el calendario de las jornadas de trabajo, siempre atendiendo al plan de rodaje previsto y a las necesidades posteriores que puedan surgir.
La flexibilidad y el sentido común
Debes partir de la base de que la jornada de trabajo en una obra audiovisual ha de ser flexible, ya que es muy difícil planificar de antemano las necesidades de un rodaje, siendo habituales las incidencias. Por ello, se entiende que la jornada que se establece es relativa. Será tu sentido común, cuando estés inmerso en un proyecto audiovisual, el que valorará si es lógico que se modifique la jornada de la que se habló en un principio o, si por el contrario, se están excediendo.
Ahora que conoces la teoría acerca de la jornada laboral, te deseamos que la puedas poner pronto en práctica… ¡Esperamos que trabajes mucho!
¿Conocías tan en profundidad la regulación de la jornada laboral?, ¿qué es lo que más te ha llamado la atención? Cuando has trabajado, ¿se ha respetado?
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