Posiblemente, en algún momento de tu carrera artística, te propondrán desnudarte, total o parcialmente, en algún trabajo que consigas. (Ojo, nos referimos a trabajos, no a castings). No es algo que ocurra todos los días pero, cuando llega el momento, puede que te quedes bloqueado ante la decisión de hacerlo o no.
Y es que seguro que en ese momento te vendrán a la cabeza un montón de dudas: “¿Es obligatorio desnudarse si te lo piden?, ¿si te desnudas una vez, ya deberás hacerlo siempre?, ¿pasa algo si dices que no?…”
Por eso hoy escribimos este post, con todo el respeto del mundo, para que conozcas a nivel legal y artístico qué opciones tienes y así tomes tu mejor decisión:
Sin tu consentimiento, no hay desnudo
Partimos de la base de que si no quieres trabajar desnudo en un medio audiovisual o teatral, no tienes por qué hacerlo. Recuerda que te protege un derecho fundamental: el derecho a la propia imagen, y que tú eliges cuáles son las partes enseñas de tu cuerpo y las que no, además de autorizar dónde, cuándo, cómo…
En caso de que no obtengan tu consentimiento, y por exigencias del guion o libreto necesiten que tu personaje aparezca desnudo, deberán buscar algún artista que trabaje como tu doble o, si es un proyecto digital, utilizar efectos especiales (como ocurrió, por ejemplo, con algunos actores de la serie Juego de Tronos, que les crearon cuerpos ficticios por ordenador, manteniendo su cara).
Si se da este caso, deberán respetar otro derecho fundamental que tienes: el derecho al honor. Es decir, no podrán atentar contra tu dignidad o reputación profesional. Por ejemplo, si una productora quiere vengarse porque no quieres aparecer desnudo en su película, no te podrá poner un doble o crear un cuerpo estéticamente desagradable, ya que estaríamos ante una lesión ilegítima de tu derecho al honor. Ten en cuenta que el público pensará que ese cuerpo es el tuyo y, si te desmerecen o te humillan, pueden causarte graves perjuicios.
La cláusula de desnudo en el contrato de trabajo
No sólo es muy frecuente incorporar esta cláusula a los contratos de trabajo, sino que también es muy recomendable. Así, ambas partes sabéis a lo que os atenéis antes de empezar a trabajar juntos, evitáis desnudos injustificados o cambios de última hora (algo que se da bastante), e incluso podéis regular cualquier aspecto concreto, como las características de los dobles o efectos especiales que te contábamos antes. Por ejemplo, algunos actores y actrices exigen aprobar y estar conformes con la persona que será su doble.
Esta cláusula se puede enfocar de dos formas: o bien concretar lo que sí que se puede enseñar, o bien lo que no.
Además, independientemente del grado de exposición corporal que decidas, conviene pactar las condiciones en las que se realizará esa representación o grabación. Por ejemplo, que sólo estén presentes en el rodaje ciertas personas, o que puedas llevar una tela color carne o un protector en algunas partes de tu cuerpo.
Si queda fijado por escrito antes de que empieces a trabajar, te aseguras que nunca tendrás que exponerte públicamente de una forma que no te resulte cómoda. Sin embargo, si no queda reflejado por escrito, la productora tendrá argumentos suficientes para defender su postura (por ejemplo, afirmando que el actor o actriz sabía que tendría que desnudarse y que está incumpliendo con sus obligaciones).
Por último, decirte que esta cláusula se refiere a cada proyecto concreto. Es decir, puede que en el pasado sí que actuaras desnudo porque no te importara o porque no supieras que se podía regular, pero ahora por motivos personales o profesionales decidas que ya no más, o sólo en determinadas condiciones. Al contrario ocurriría lo mismo.
Desnudarte para promocionar o publicitar un trabajo
Por lo general, la productora o el empresario puede utilizar sin tu consentimiento cualquier material (por ejemplo, fotos, vídeos, making of) conseguidos durante tu jornada de trabajo para promocionar la obra audiovisual o teatral. Todo ello, siempre que respete tu intimidad y dignidad. ¡No puede publicar una foto tuya en una situación comprometida para reírse de ti!
Pero, ¿qué ocurre si accediste a trabajar desnudo, total o parcialmente? ¿Podrían usar esas imágenes para la promoción también? Por ejemplo, si consentiste rodar desnudo una escena y ahora quieren utilizar ese fotograma para un cartel promocional de la película. En estos casos, la respuesta es NO: tu desnudo con fines promocionales necesitaría tu consentimiento previo y por escrito. Es decir, puedes elegir entre negarte o decir que sí por escrito.
En este último caso, tienes derecho a revisar las fotos o tomas que quieran utilizar a nivel publicitario, y podrás rechazar como mucho el 50% de lo que te propongan. Recuerda que esta elección deberás hacerla tú mismo, no pudiendo tu representante ni ninguna otra persona hacerla por ti.
Por último, decirte que tanto si te desnudas en un proyecto como si no, todas las opciones son igual de válidas, respetables y aplaudibles. No se debe juzgar a un actor o una actriz por escoger una opción u otra, cada uno debe elegir con libertad la forma en que afronta los proyectos que consiga. 🙂
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