¿Cómo se quedaría un fontanero o un informático si entre sus ofertas de empleo encontrara trabajos que fueran remunerados y otros que fueran sin remunerar? Directamente no ocurriría, ¿verdad? Sin embargo, los actores estamos más que acostumbrados a esta situación, a pesar de que tengamos la mala costumbre de comer todos los días y pagar nuestras facturas, al igual que el fontanero y el informático.
Por este motivo, debemos aprender a diferenciar entre trabajo, colaboración, y participación benéfica, ya que normalmente llamamos “trabajo” a todo ello.
¿Qué es trabajar?
Es muy importante que entiendas bien cual es el verdadero significado de “trabajar”. Según la normativa reguladora de los artistas, para que exista trabajo es necesario que concurran cuatro requisitos:
- Que prestes un servicio de forma voluntaria: nadie te puede obligar a trabajar.
- Que prestes un servicio por cuenta ajena: que un empresario u organizador de espectáculos te contrate.
- Que prestes un servicio de forma dependiente: que pases a formar parte de la organización prevista por ese empresario, con sus normas concretas y su dirección.
- Que prestes un servicio RETRIBUIDO, es decir, que te paguen.
Por tanto, siempre que se den estas condiciones, podrás afirmar que estás trabajando, con tus correspondientes derechos y obligaciones.
En caso de que seas autónomo trabajarías por cuenta propia (en vez de por cuenta ajena) y siempre a cambio de una retribución.
En ambos casos, tanto si eres trabajador como si eres autónomo, si falta el último requisito, es decir, no te pagan, seguramente se trate de una de las dos siguientes opciones:
Trabajo y colaboración no es lo mismo
Tanto en el ámbito teatral como audiovisual, muchas veces se te plantearán proyectos que apenas tengan fondos para salir adelante, pero en los que cada profesional aporte sus propios medios y conocimientos. Por ejemplo, los guionistas prepararán el guion, los maquilladores aportarán su material… y, en tu caso, sumarás al proyecto con tu interpretación.
Otra oportunidad que puede que se te plantee, en la rama audiovisual, es la de participar en cortos de estudiantes que promuevan escuelas o universidades, normalmente para que éstos adquieran práctica y experiencia.
Ambos tipos de colaboraciones son muy recomendables para seguir en activo como actor, hacer nuevos contactos profesionales y conseguir material audiovisual u experiencia teatral.
Pero no te olvides de valorar previamente si te resulta interesante el proyecto (¡no te lances a cualquier cosa!), y fijar de mutuo acuerdo las condiciones en un contrato de colaboración. No puedes imaginar la de casos conflictivos que llegan a nuestra asesoría jurídica cuando no se ha firmado nada (por ejemplo, si después se gana un premio en metálico en un festival y no te dan la parte que te prometieron).
Trabajo y participación benéfica tampoco es lo mismo
Puede que se te presente la oportunidad de participar en algún proyecto benéfico y que te motive formar parte del mismo. En estos casos, se suelen dar dos circunstancias diferentes:
- Que el público deba pagar, pero que como actor no recibas ningún tipo de retribución. De este modo, todos los beneficios van destinados a la causa que mueve el proyecto (por ejemplo, la lucha contra el cáncer).
- Que el público no tenga que pagar nada, pero que como actor exijas cobrar por tu participación. Suele ocurrir con actores de cierto caché o reconocimiento social, ya que suelen ser el reclamo para que exista una gran convocatoria de público.
En conclusión, no es correcto utilizar la palabra “trabajar” para cualquier ocasión que se te presente de actuar. Trabajo es un concepto muy concreto, a diferencia de las colaboraciones o participaciones benéficas.
Ahora que cuentas con unas pinceladas generales para saber distinguir unos conceptos de otros, confiamos en que puedas evitar trabajos-timo o frustraciones innecesarias.
De todas formas, si tienes cualquier duda, recuerda que nuestro equipo legal está preparado para analizar tu situación y protegerte. ¡Cuenta con nosotros!